No
hay mérito para investigar a Vilma Nuñez
Procuraduría General de
Justicia y Fiscalía General de la República por Ministerio de la Ley. Managua, ocho de
mayo del año dos mil uno. Las diez de la mañana.
VISTOS RESULTA:
En
escrito presentado a esta Oficina el dos de mayo corriente, el señor ministro de
Gobernación, Ingeniero JOSE MARENCO CARDENAL, quien es mayor de edad, casado, Ingeniero
Agrónomo y de este domicilio, puso en conocimiento de esta institución que la Doctora
VILMA NUÑEZ DE ESCORCIA, mayor de edad y de sus otras generales, se involucraba con el
accionar del grupo FRENTE UNIDO ANDRES CASTRO (FUAC); acompañado a su libelo fotocopias
de cartas con sello del "Comando Regional Carlos Ulloa", aparentemente firmadas
por Amaruk Falcon, Laureano Rivera, Modesto Olivas, y otros.
Documentos firmados
también por Amaruk Falcón y tres firmas ilegibles, respaldadas con el mismo sello del
Comando Regional Carlos Ulloa, y otros manuscritos en ambas caras de una página por
Amaruk Falcon con el mismo sello de los anteriores y cartas también respaldadas con el
mismo sello.
Que para los fines del
Arto. 10 de la Ley No. 346 "Ley Orgánica del Ministerio Público", con el
objeto de promover la investigación del caso, enviaba esta documentación, sin formalizar
denucia alguna al respecto. En la misma fecha se recibió carta de la Doctora VILMA NUÑEZ
DE ESCORCIA, en su carácter de Presidenta del CENTRO NICARAGUENSE DE DERECHOS HUMANOS,
solicitando ser recibida por esta autoridad, invocando los Artos. 52 y 26 numeral 4 Cn. en
ese mismo día se recibió en este Despacho a la Dra. Vilma Núñez de Escorcia, quien
expresó lo que tuvo a bien.
CONSIDERANDO
Que del análisis de la
documentación en fotocopia remitida a esta autoridad por el señor Ministro de
Gobernación, Ingeniero José Marenco Cardenal, se coligen relaciones sostenidas por la
Doctora Vilma Núñez de Escorcia con miembros del FUAC en lo personal y en su vida de
grupo armado irregular, ninguno de dichos documentos evidencia participación de la
Doctora Núñez de Escorcia en actos ilícitos que puedan dar lugar a figuras delictivas;
POR TANTO:
De conformidad con lo
relacionado y con fundamento en el Arto. 26, inciso 4 y 34 inciso 11 Cn. esta Fiscalía
General de la República, RESUELVE: No hay mérito para iniciar investigación criminal en
contra de la Doctora VILMA NUÑEZ DE ESCORCIA en su propio nombre y en representación del
CENTRO NICARAGUENSE DE DERECHOS HUMANOS. Notifiquese y archívense las presentes
diligencias.
Julio
Centeno Gómez |
Procurador
General de Justicia y Fiscal General de la República por ministerio de la Ley |
MIGUEL
ROBELO RAMIREZ |
Secretario Ejecutivo |
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