28
de mayo, Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer
Campaña «Por el
Ejercicio de los Derechos Sexuales y Reproductivos»
Llamado a la Acción 2001
«Derecho a la Salud. Derecho Ciudadano de las Mujeres»
Los Derechos de
las mujeres
En el siglo 20, a nivel
local, regional e internacional, las mujeres hemos trabajado arduamente para lograr el
respeto y la plena vigencia de nuestros derechos, y para que estos sean reconocidos como
derechos humanos.
Uno de ellos es el DERECHO
A LA SALUD, el que implica gozar del más óptimo estado de bienestar físico, mental y
social, y no solamente la ausencia de enfermedad o malestar. Asimismo, en la última
década del siglo que recién acaba, se consolidó un nuevo paradigma -los DERECHOS
SEXUALES Y REPRODUCTIVOS- enfatizándose que son fundamentales para los derechos humanos y
para el desarrollo de los pueblos.
Pero, al mismo tiempo, el
derecho a la salud debe ser conceptualizado y respetado como un DERECHO DE CIUDADANIA.
Pero, ¿qué se entiende y
cómo se expresa la ciudadanía? ¿Somos las mujeres ciudadanas?, o más bien, ¿lo somos
en igual medida que los hombres? ¿Qué implica ser ciudadana en salud?
Mujeres y
Ciudadanía
La ciudadanía, tal como
se entiene hoy, es la titularidad y el ejercicio de los derechos ciudadanos, es decir,
derechos civiles, derechos políticos, derechos económicos, derechos sociales, y todos
aquellos que han ido validándose en las sociedades modernas, tal como ha sido el caso de
los derechos sexuales y reproductivos.
Esto implica, en teoría,
que tanto hombres como mujeres debemos ser capaces de ejercer en igualdad de condiciones
-y desde nuestra libertad y autonomía-, una serie de derechos relacionados con el
funcionamiento y desenvolvimiento de la vida en la sociedad.
También significa que
cuando los ejercitamos, no debemos sufrir ningún tipo de discriminación, coerción o
violencia de parte del Estado u otras entidades, ni de personas o grupos. Por el
contrario, el Estado y sus instituciones tienen la obligación de proveer las condiciones
para que dichos derechos sean efectivos y para escuchar las demandas ciudadanas en esa
materia.
Por lo tanto,
podemos decir que la CIUDADANIA ES EL DERECHO A NO TENER DERECHOS.
No obstante, la historia
nos muestra que la ciudadanía de las mujeres ha estado tradicionalmente excluída, por lo
cual hemos tenido que bregar para convertirnos en sujetas plenas de derecho, proceso que
comenzó a inicios del siglo pasado con las sufragistas que luchaban por el derecho al
voto, y que ha seguido construyéndose paso a paso.
Pero ahora, es necesario
que esa ciudadanía de las mujeres se exprese en una participación cada vez mayor a nivel
social y político, y también en el plano individual y privado. Pues en el contexto de
sistemas democráticos, la participación ciudadana debe dar cuenta, por una parte de la
capacidad de los individuos, mujeres y hombres, de hacer propuestas y exigencias para un
mejor funcionamiento de la sociedad y por otra, de decidir autónomamente sobre sus vidas.
Salud: Un tema
complejo
No obstante, las personas
en general, y las mujeres en particular, encontramos hoy grandes dificultades para ejercer
el derecho ciudadano a la salud, derecho que implica exigir al Estado las condiciones
sociales y económicas para gozar de una condición de salud óptima, responsabilidad de
la cual no puede eximirse.
Pero la realidad actual
nos demuestra todo lo contrario: son evidentes las restricciones que la pobreza, el
desempleo y las desigualdades sociales imponen al acceso a la atención de salud, al mismo
tiempo que el Estado abandona progresivamente su rol social en esta y otras áreas. Por
otra parte, proliferan los sistemas de salud privatizados que «venden» salud solo a
quienes puedan pagarla, y una de cuyas características es el «castigo» que imponen al
potencial reproductivo de las mujeres en los planes de salud privados. Y, por otro lado,
para quienes continúan siendo usuarias y usuarios del servicio público de salud, la
escasez de recursos implica un notorio deterioro en la atención de salud, en la cobertura
y en la calidad de las prestaciones.
Paralelamente, subsisten
obstáculos de índole cultural y religiosa que impiden a las mujeres, en especial a las
más jóvenes, el acceso a la información y orientación en salud necesarias para
protegerse de riesgos o para prevenir consecuencias indeseables. Esto es especialmente
notorio en lo que se refiere a la salud sexual y reproductiva, pues en tanto se relaciona
a la sexualidad humana, frecuentemente es objeto de represiones, ocultamientos y tabúes.
De allí que
en el contexto actual las mujeres no hemos logrado que se respeten:
el acceso universal, en
todas las etapas de vida, desde el nacimiento hasta la vejez, a la información y
servicios de atención de la salud gratuitos o de bajo costo y de buena calidad;
el derecho a ejercer una
salud sexual y reproductiva más sana,
el derecho a conocer
nuestro cuerpo y como funciona,
el derecho a ejercer una
sexualidad sin riesgos ni consecuencias indeseables,
el derecho a
relacionarnos sexualmente con quien deseemos sin ser presionadas ni violentadas, y en el
momento en que elijamos,
el derecho a buscar y
sentir placer sin culpas,
el derecho a decidir el
número de hijos e hijas que queramos tener, cuándo tenerlos, o a no tenerlos,
el derecho a estar bien
informadas para regular nuestra fecundidad con métodos eficaces, seguros, asequibles,
el derecho a recibir una
atención de salud de la más alta calidad en el embarazo, parto y en todos los otros
momentos de nuestra vida sexual y reproductiva,
el derecho a compartir
las responsabilidad de la sexualidad y la reproducción con la pareja,
el derecho a protegernos
de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, en especial cuando se trata
de mujeres, adolescentes y niñas,
el derecho a una
participación igualitaria de las mujeres en las instancias de decisión en aquellas
áreas vinculadas a la salud.
Ordenamiento
jurídico
El derecho a la salud, sin
embargo, es una exigencia de las mujeres en tanto ciudadanas.
Los gobiernos, en el plano
mundial, han asumido compromisos relacionados a la salud integral de las mujeres,
especialmente en las Conferencias de El Cairo y Beijing y también han ratificado
numerosos instrumentos jurídicos internacionales que salvaguardan el derecho de las
personas a gozar del más óptimo estado de salud.
Por ejemplo, la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW), en sus Artículos 10, 11. 12. 14 y 16, se refiere a medidas que deberán tomar
los Estados Partes relativas a las condiciones de salud de la población femenina.
La Declaración Universal
de Derechos Humanos, por otra parte, en sus Artículos 1, 3, 19, 25 y 27 establece
aquellos derechos vinculados, en una u otra forma, al goce de la salud y bienestar de los
seres humanos. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también se refieren a esta materia.
El Programa de Acción de
la Conferencia de El Cairo, por su parte, abordó ampliamente la condición de vida y de
salud de las mujeres vinculándolas al desarrollo humano, y lo mismo sucede con la
Plataforma de Acción adoptada en la IV Conferencia Mundial de la Mujer en Beijing.
Pero pese a estos avances
logrados en el plano jurídico internacional y en las Cumbres de Naciones Unidas en las
últimas décadas, la realidad cotidiana de mujeres y niñas no se cuenta aún de una
mayor justicia y equidad en el goce del derecho a la salud y al bienestar. Por el
contrario, las condiciones políticas, sociales y económicas imperantes en la mayor parte
de los países han socavado hasta límites extremos la calidad de vida de las personas y
su salud, siendo la población femenina especialmente afectada.
De ahí la importancia de
la ciudadanía de las mujeres en términos de potenciar su participación política y
social para exigir el diseño, la implementación y el seguimiento de políticas públicas
que llenen el vacío jurídico legal existente en la mayoría de nuestros países en el
ámbito de la salud y de los derechos de las mujeres.
OBJETIVOS DEL
LLAMADO A LA ACCION
Tomando en cuenta esta
realidad, la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericans y del Caribe, ha decidido
impulsar este Llamado a la Acción, con tres objetivos principales:
° promover el
reconocimiento del derecho a la salud como un derecho de ciudadanía;
° hacer conciencia de que
el Estado tiene la responsabilidad de proveer las condiciones necesarias para que dicho
derecho sea ejercido con plenitiud;
° sensibilizar a la
sociedad en general, y a las mujeres en particular, de la importancia del ejercicio
ciudadano, es decir, que las mujeres sean reconocidas y se reconozcan a sí mismas como
sujetas de derechos, con capacidad para exigir el respeto de los mismos y apropiarse de
las leyes que los cautelen.
El último punto es
esencial para seguir avanzando por la senda trazada por el movimiento de mujeres en las
últimas décadas del siglo 20, cuando denunció la condición subordinada y discriminada
de las mujeres a nivel planetario. Por lo tanto, es necesario ahora exigir la puesta en
vigencia de legislaciones y políticas públicas adecuadas a sus demandas, y promover un
cambio cultural acorde con dichas políticas.
EXIJAMOS
RESPUESTAS: LA SALUD DE LAS MUJERES ES UN DERECHO
°A nivel global, las
mujeres entre 15 y 19 años dan a luz aproximadamente a 17 millones de los 131 millones de
niños-niñas que nacen anualmente, y registran el 10% de todos los abortos.
°De los 46 millones de
abortos que se practican todos los años a nivel mundial, 36 millones se realizan en
países en desarrollo y 10 millones en naciones industrializadas, Veinte millones de ellos
se practican en condiciones de ilegalidad y, por ende, de riesgo.
°Se calcula que 150
millones de mujeres de los países en desarrollo preferirían planificar el número de
hijos-hijas pero no usan métodos anticonceptivos, y otros 350 millones no tienen acceso a
métodos eficaces.
°En los países
desarrollados el riesgo de las mujeres de morir a lo largo de la vida por causas
relacionadas al embarazo o parto, es de solo 1 en 2125. Ese riesgo es de 33 veces superior
-de 1 en 65- en las mujeres de países en desarrollo.
°La probabilidad de que
una mujer muera por complicaciones durante el embarazo, parto o aborto en condiciones de
riesgo a lo largo de su vida en América Latina y el Caribe es de 1 en 150.
°A nivel mundial, mueren
al año 515 mil mujeres por causas maternas. y el 99% de esas muertes ocurre en países en
desarrollo.
Sin embargo, la atención
adecuada en el embarazo y parto, son las intervenciones más eficaces en función de los
costos para mejorar la salud materna y del recién nacido. No obstante, en el mundo en
desarrollo, unos 45 millones de mujeres no reciben atención prenatal y 60 millones de
nacimientos ocurren sin asistencia de personal capacitado. Por tanto, la mortalidad
materna se considera uno de los indicadores más claros de la inequidad en salud.
Fuentes:
1. Mundos Diferentes.
Salud y Riesgos Sexuales y Reproductivos. Informe de Population Action International, PAI,
de 2001.
2. Equipo de Seguimiento,
Investigación y Propuesta de Políticas, (ESIPP), Construyendo Ciudadanía. Estrategias
de Seguimiento de los Compromisos de El Cairo, Copenhague y Beijing.
RED DE SALUD
DE LAS MUJERES LATINOAMERICANAS Y DEL CARIBE |