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Jueves 14 de Octubre de 1999 Historia de cambios sin que nadie dudara de la independencia del alto tribunal Ha levantado mucho polvo en el ambiente nacional el propósito de la Asamblea Nacional del modificar el modelo de quorum en la Corte Suprema de Justicia, sin embargo, analizando los últimos veinte años, se han dado cambios significativos, sin que nadie en oportunidades anteriores hayan pegado el "grito al cielo". Tampoco en las veces que se han registrado cambios sobre las votaciones en el alto tribunal nunca se cuestionó anteriormente su legitimidad, ni se puso en duda la independencia del Poder Judicial. En efecto, desde 1984 que la Ley Orgánica de Tribunales dispuso el Quórum de la Corte Suprema de Justicia en el artículo 126, este quorum ha sido muchas veces modificado, y revisado los últimos veinte años encontramos lo siguiente: El quorum en el año
79
Por mandato de la Ley 95
y del 20 de abril de 1990, el quorum se forma con las dos terceras partes
y la resolución se toma con la mitad más uno de la Corte
Suprema, que es exactamente igual a la actual propuesta de tres diputados,
expresada en los dos conceptos de la mitad más dos y la mitad más
uno.
Ingenuidad supina
Regula mediante su producto que es la ley, el comportamiento de las personas, la organización de las instituciones y la forma de proceder en los juicios. Justamente por esa razón proclamamos que vivimos en un Estado de Derecho, porque impera la ley, es aplicable a todos por igual y todos estamos sometidos a ella. Poderes del Estado, Instituciones. Partidos Políticos y en general todas las personas. Injerencia sería que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia o los demás quieran manejar la forma en que la Asamblea hace sus leyes, o prejuiciar como buena o mala una iniciativa de ley. Todos los diputados tienen el derecho propio de su alta investidura para proponer iniciativa de ley, y cualquiera que éstas sean no podrían ser tenidas jamás como una injerencia en la vida institucional. Antes bien, por el contrario, es un gesto de responsabilidad y buen trabajo, pues interesarse y tratar de ayudar a la solución de cualquier problema es un trabajo meritorio digno del aplauso. Democracia de las mayorías
Cuando se va a una elección no se debería saber quién va a ganar porque, entonces, ¿Para qué hacer la votación? Supuestamente es a la hora de votar que se cuentan los pareceres. Los miembros de una Institución están obligados a asistir a la elección y el resultado se conocerá a la hora de votar, de allí que no asistir significa no cumplir con el deber de asistir. Los miembros de una directiva tienen la obligación de concurrir a la elección de su presidente y conformarse con el resultado que produzca la mayoría de votos. No es correcto impedir la reunión con el pretexto de que puedan perder. A la hora de votar cualquiera puede cambiar su voto. No es democracia concurrir a una elección solamente cuando se va a ganar. El resultado es incierto y el que juega puede ganar o puede perder y el que cuenta con un número menor de votos tiene que conformarse y felicitar al ganador.
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